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Código de Procedimientos Civiles Artículo 157 decies Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Procedimientos Civiles Veracruz
Artículo 157 decies.

Contra el auto que admita la prueba de investigación de la filiación no procede recurso alguno. Contra el que la deseche procede el recurso de apelación.



Estado de Veracruz Artículo 157 decies Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...157 octies 157 nonies 157 decies 158 159 ...780

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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